La organización contemporánea hasta 1978
En el siglo XIX
Centralismo: es el sistema de organización estatal cuyas decisiones de gobierno son únicas y emanan de un mismo centro. El centralismo es un modelo de gobierno en el que las decisiones políticas se toman desde el gobierno central.
Éste se completó con la supresión de buena parte de las peculiaridades institucionales de Navarra y el País Vasco como represalia por su participación en las guerras carlistas.
Las regiones se convirtieron en simples referencias para el estudio de ciertos rasgos paisajísticos, económicos o folclóricos.
No obstante, el sentimiento de pertenencia regional pervivió.
Así, en la Primera República (1873-1874) se proyectó un Estado federal organizado en regiones con competencias de gobierno. Pero no se llevó a la práctica ante la breve duración de la República.
Bandera de la Primera República
En el siglo XX, la Segunda república (1931-1939) declaró que España era un estado integral compatible con la autonomía de los municipios y regiones. Así, durante este periodo y la Guerra Civil, Cataluña, el País Vasco y Galicia pidieron y plebiscitaron afirmativamente proyectos de estatuto de autonomía. Las dos primeras consiguieron su aprobación, mientras que en Galicia lo impidió la Guerra Civil.
Bandera de la Segunda República
Después del conflicto, llegó el franquismo.
Bandera Franquista
Dictadura franquista: es el periodo de la historia de España correspondiente con el ejercicio por el general Francisco Franco Bahamonte o el caudillo de la jefatura del Estado y con el desarrollo del franquismo, esto es desde el final de la Guerra Civil Española en 1939, hasta su muerte y sucesión en 1975.
Organización actual
Esta regida por la constitución de 1978:
Constitución: es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de España, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España,en vigor desde el 29 de diciembre de 1978.
La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre del mismo año. La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada Transición Española.
La organización político-administrativa actual es la propia de un Estado descentralizado, que reparte la toma de decisiones en tres divisiones territoriales con capacidad de autogobierno en los asuntos de su competencia:
El municipio es la entidad territorial básica, Su función es prestar servicios a los vecinos, más variados cuanto mayor es su población. El gobierno y la administración municipal corresponden al ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales. Los concejales se eligen por los vecinos del municipio por sufragio universal y el alcalde es elegido por los concejales.
La provincia es una entidad territorial local formada por una agrupación de municipios. Su función es fomentar los intereses provinciales, prestar servicios de ámbito provincial, coordinar los servicios de los municipios y cooperar con ellos. El gobierno y la administración provincial corresponden a la diputación, integrada por un presidente y diputados, Los diputados es escogen entre los concejales electos y estos, a su vez, eligen al presidente.
La comunidad autónoma es una entidad territorial formada por provincias limítrofes, territorios insulares, o provincias con entidad regional histórica, dotadas de autonomía legislativa y capacidad de autogobierno sobre los asuntos de su competencia. Mientras que los municipios y las provincias ya estaban creados a la muerte de Franco, las comunidades autónomas tuvieron que constituirse a lo largo de un complicado proceso.
España actualmente está dividida, administrativamente, en 17 Autonomías (Comunidades Autónomas) y 2 Ciudades Autónomas: Ceuta y Melilla.
Capital: Santiago de Compostela
La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
Capital: Oviedo.
Asturias
Capital: Santander
Santander
Vitoria es la sede de las
Instituciones comunes de la Autonomía, pero la Capital oficial no está determinada por ley.
Álava (capital Vitoria), Guipúzcoa (capital San Sebastián) y Vizcaya (capital Bilbao).
Capital: Pamplona
Navarrra
Capital: Logroño
La Rioja
Capital: Zaragoza
Huesca, Zaragoza y Teruel.
Capital: Barcelona
Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona
Capital:
Oficialmente no hay una ciudad designada como capital autonómica. La
sede del Gobierno está en Valladolid.
León, Palencia,
Salamanca, Burgos, Zamora, Valladolid, Soria, Segovia y Ávila.
Capital: Madrid
Madrid
Capital: Toledo
Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Albacete.
Capital: Valencia
Castellón, Valencia y Alicante.
Comunidad Valenciana
Comunidad Valenciana
Capital: Murcia
Murcia
Capital: Mérida
Cáceres y Badajoz.
Capital: Sevilla
Almería, Granada, Córdoba, Jaén, Sevilla, Málaga, Cádiz y Huelva.
Capital: Palma de Mallorca
Archipiélago formado por 5 islas:
Menorca, Mallorca, Ibiza, Formentera y Cabrera
Menorca, Mallorca, Ibiza, Formentera y Cabrera
Capital: Santa Cruz de Tenerife
Archipiélago formado por 7 islas:
Tenerife, La Gomera, La Palma , El Hierro,
Capital: Santa Cruz de Tenerife
Provincia de Las Palmas con Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote.
Capital: Las Palmas de Gran Canaria
Capital: Santa Cruz de Tenerife
Provincia de Las Palmas con Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote.
Capital: Las Palmas de Gran Canaria
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